En audiencia virtual, los jueces del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Leoncio Prado sentenciaron a la pena máxima de cadena perpetua a Richard Charre Calixto, (49) tras hallarlo culpable del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de su propia hija, el tribunal además fijó en 20 mil soles el monto que el condenado deberá abonar por concepto de reparación civil a favor de la víctima.
Claves y detalles principales del anuncio
- Medidas institucionales: Durante el desarrollo del juicio oral, se acreditó que el imputado, valiéndose de su condición de padre biológico y del vínculo de autoridad, sometió a la menor a reiterados abusos desde que ella contaba con 12 años.
- Detalles de la intervención: El hecho quedó al descubierto el 09 de mayo de 2013, cuando la menor agraviada, tras sufrir agresiones físicas por parte del procesado, acudió al domicilio de vecinos del caserío para revelar las agresiones sistemáticas a las que era sometida.
- Información para la ciudadanía: Esta decisión judicial reafirma el firme compromiso de las instituciones de justicia en la lucha contra la violencia sexual hacia la niñez y la adolescencia.
Durante el desarrollo del juicio oral, se acreditó que el imputado, valiéndose de su condición de padre biológico y del vínculo de autoridad, sometió a la menor a reiterados abusos desde que ella contaba con 12 años. Los ultrajes fueron en su vivienda, ubicada en el caserío San Juan de Cotomonillo, en el distrito de José Crespo y Castillo, y continuaron de manera sistemática en los predios agrícolas.
El hecho quedó al descubierto el 09 de mayo de 2013, cuando la menor agraviada, tras sufrir agresiones físicas por parte del procesado, acudió al domicilio de vecinos del caserío para revelar las agresiones sistemáticas a las que era sometida. La alerta permitió la inmediata intervención de las autoridades competentes, dando paso a una rigurosa actuación probatoria que destruyó la presunción de inocencia del agresor.
Para la determinación de la sanción, el colegiado ponderó la gravedad del daño irreparable infringido al proyecto de vida de la víctima, así como la circunstancia agravante contemplada en la legislación penal referente al parentesco directo del agresor.
Esta decisión judicial reafirma el firme compromiso de las instituciones de justicia en la lucha contra la violencia sexual hacia la niñez y la adolescencia.