1. Vencimiento de la presentación de las solicitudes de ratificación de las ordenanzas que aprueban la tasa de emisión mecanizada de valores para el ejercicio 2027:
Claves y detalles principales del anuncio
- Medidas institucionales: Se informa a las municipalidades distritales de la Provincia de Lima que, de acuerdo al cronograma establecido en el artículo 7 de la Ordenanza n.º 2799, que aprueba el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima, la presentación de solicitudes de ratificación de ordenanzas que aprueban la tasa de emisión mecanizada de valores, debe realizarse:
- Detalles de la intervención: “En años de comicios electorales municipales, presentan su solicitud de ratificación hasta el último día hábil del mes de setiembre, esto es, el 30 de setiembre de 2026, según la citada ordenanza.”
- Información para la ciudadanía: A fin de ejercer su derecho de participación ciudadana, el interesado podrá solicitar por escrito el acceso al expediente, a partir de la publicación del ingreso de la solicitud en el SAT.
Se informa a las municipalidades distritales de la Provincia de Lima que, de acuerdo al cronograma establecido en el artículo 7 de la Ordenanza n.º 2799, que aprueba el procedimiento de ratificación de las Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima, la presentación de solicitudes de ratificación de ordenanzas que aprueban la tasa de emisión mecanizada de valores, debe realizarse:
“En años de comicios electorales municipales, presentan su solicitud de ratificación hasta el último día hábil del mes de setiembre, esto es, el 30 de setiembre de 2026, según la citada ordenanza.”
De manera excepcional, según artículo 8 de la Ordenanza n. º 2799 y su exposición de motivos, la presentación extemporánea de las solicitudes de ratificación ante el SAT procederá previa autorización por parte de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización – CMAEO del Concejo Metropolitano de Lima.
2. Presentación de las solicitudes de ratificación por medios virtuales
La presentación de solicitudes de ratificación se efectúa a través de la página web del SAT, mediante la Agencia Virtual – Plataforma REVISAT. Dicho mecanismo permite a las municipalidades distritales de la provincia de Lima registrar la información correspondiente dentro del plazo legal establecido, de conformidad con el artículo 6.2.a) de la Ordenanza n.° 2799.
LinkdelaAgenciaVirtualSAT:https://tinyurl.com/mshv22t8
3. Participación ciudadana en el proceso de ratificación
Se pone en conocimiento a la ciudadanía en general que, de conformidad con el artículo 36, inciso 1 de la Ordenanza n.° 2799, los contribuyentes de cada distrito, de ser el caso, podrán presentar sus observaciones debidamente sustentadas a las ordenanzas en el proceso de ratificación en un plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de presentación de la solicitud de ratificación de la municipalidad distrital.
Recomendaciones para la ciudadanía y próximos pasos
A fin de ejercer su derecho de participación ciudadana, el interesado podrá solicitar por escrito el acceso al expediente, a partir de la publicación del ingreso de la solicitud en el SAT.